Thu, 03/26/2020 - 21:57

Decreto 457 del 22 de marzo/20

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🚧DECRETO 457 DEL 22 DE MARZO/20🚧

#QuedateEnCasa || Quien viole las medidas adoptadas y las instrucciones dadas, se verá sujeto a sanción de tipo penal prevista en el artículo 368 del Código Penal. 😷

Dicho artículo indica que quien viole una medida sanitaria adoptada por la autoridad competente para impedir la introducción o propagación de una epidemia, incurrirá en prisión de cuatro 4 a 8 años y, además, tendrá que pagar las multas que ordena el Decreto 780 de 2016, expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social.🏠

📸Frontera con Tabatinga (Brasil) - Barrio Colombia/Gaitan

Fuente consultada / Grupo WhatsApp

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